
¿Quiénes Somos?
La Entidad Registradora Pagadora, es la encargada de llevar el registro de la cuenta individual de cada afiliado del SIACAP, donde hace constar el importe de las contribuciones especiales, obligatorias o voluntarias, de los bonos negociables de propiedad del afiliado y los réditos que se generen.
También presta los siguientes servicios:
- Apertura y cierre de cuentas individuales.
- Cálculo, autorización y pago de beneficios.
- Emisión, envío o entrega del estado de cuenta periódico de cada afiliado.
- Presentación, al Consejo de Administración, de informes periódicos de gestión operativa y financiera.
- Solicitar, a las entidades administradoras de inversiones, las transferencias de fondos suficientes para cubrir los pagos de beneficios a los afiliados, según corresponda, así como recibir y administrar tales fondos.
- Permitir las inspecciones y solicitudes de informes que ordene el Consejo de Administración a través de la Secretaría Ejecutiva.
- Colaborar con la firma independiente de auditores en el acopio de documentos, datos e informes, para preparar la auditoría de los estados financieros anuales y de los informes periódicos, que le solicite el Consejo de Administración.
Actualmente la operación de la Entidad Registradora Pagadora se encuentra bajo la empresa PROFUTURO – ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CENSANTÍA S.A., la cual fue seleccionada a través de la Licitación Pública Internacional LPI N° 01-2023, contrato de servicio N° 001-2023 para el periodo 2024 – 2029.
¿Qué es el SIACAP?
¿Qué es el SIACAP?
Es el Sistema de Ahorro y Capitalización de Pensiones de los Servidores Públicos creado mediante la Ley 8 del 6 de febrero de 1997.
Tiene como objetivo otorgar beneficios adicionales a las pensiones de invalidez permanente, incapacidad permanente absoluta por riesgo profesional y de vejez que se concedan al servidor público de acuerdo con la Ley Orgánica de la Caja del Seguro Social.
La Secretaría Ejecutiva del SIACAP tiene la importante función de prestar apoyo al Consejo de Administración para el cumplimiento de las funciones que a éste le están asignadas en las disposiciones legales vigentes, de las cuales se destacan orientar, vigilar y fiscalizar la buena marcha del SIACAP.
Consejo de Administración del SIACAP
Es el Órgano rector que tiene como funciones principales orientar, vigilar y fiscalizar el funcionamiento general y la buena marcha del SIACAP, así como instruir y ordenar lo conducente a la Entidad Registradora Pagadora y a las Administradoras de Inversiones para que realicen sus funciones conforme a lo estipulado en la Ley 8 de 6 de febrero de 1997, modificaciones y reglamentación.
El Consejo de Administración está integrado por:
- Un miembro de libre nombramiento y remoción del Órgano Ejecutivo, quien lo presidirá.
- El Ministro de Economía y Finanzas o quién el designe.
- El Ministro de Comercio e Industrias o quien él designe.
- El Gerente General del Banco Nacional de Panamá o quien él designe.
- Dos representantes de los servidores públicos, escogidos de una terna propuesta por las asociaciones de los servidores públicos de los ministerios y entidades autónomas con personería jurídica.
- Un representante escogido de la terna propuesta por los empleados del Órgano Judicial y del Ministerio Público.
- Un representante escogido de la terna propuesta por la Asociación Nacional de Enfermeras de Panamá y por la Asociación de Técnicos de Enfermería.
- El Consejo de Administración se reunirá periódicamente, por lo menos una vez al mes, y su representación legal recaerá en su presidente.
- Constituyen recursos únicos del Consejo de Administración, los que se le asigne a través del presupuesto general del Estado.
Si quieres conocer más sobre la entidad que nos regula visita el sitio web www.siacap.gob.pa
